CATASTRO - DISPOSICIONES APLICABLES
RESOLUCION INTERNA N°120-DGC-1978
VISTO:
La necesidad de unificar criterios,
para determinar con exactitud, los requisitos indispensables
para la confección y presentación de planos, a fin de obtener
su correspondiente inscripción, y
CONSIDERANDO:
Que, es la DIRECCION GENERAL DE CATASTRO
la encargada de fijar las normas que estime convenientes
a fin de evitar situaciones confusas, causadas por la falta
de reglamentación adecuada en la materia;
Que, es conveniente determinar con experiencias,
los alcances positivos de la nueva reglamentación.
POR ELLO:
EL DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
RESUELVE
1.
Disponer que a partir de la fecha y por un lapso no mayor
a los treinta (30) días, se instruya a los señores profesionales,
sobre las Normas establecidas para la inscripción de planos.
2.
Vencido dicho término y por un período de sesenta (60) días
entrarán en vigencia, las Normas para la presentación de
planos. Con posterioridad a dicha fecha, se solicitará que
por medio de un Decreto se avale la decisión tomada al respecto.
3.
Comunicar a la Superioridad de la Resolución adoptada y
acompañar copia de las normas para la confección de planos
para su correspondiente inscripción.
4.
Notificar, dar al Libro de Resoluciones, cumplido Archivar.
DESPACHO, agosto 4 de 1.978
.
<<Volver